Desinstitucionalización infantil: ¿Beneficio social o derecho de la niñez?
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Infancia y Niñez

Desinstitucionalización infantil: ¿Beneficio social o derecho de la niñez?

Juan Carlos RauldJuan Carlos Rauld
08 May 2026

La expresión “desinstitucionalización infantil” se ha instalado en la agenda pública en el contexto del Plan Nacional Crecer en Familia, no solo como una declaración de principios, sino que como una meta gubernamental.

La expresión “desinstitucionalización infantil” se ha instalado en la agenda pública en el contexto del Plan Nacional Crecer en Familia, no solo como una declaración de principios, sino que como una meta gubernamental. Así pues, deberá ser evaluada, -entre otras variables-, la gestión de la Subsecretaría de la Niñez en Chile.

En la actualidad, lo que observamos a nivel práctico con la infancia institucionalizada, no es un proceso de desinstitucionalización, sino una forma refinada de transinstitucionalización: es decir, el tránsito sistemático de niños, niñas y adolescentes por distintos dispositivos de administración del cuerpo. Ya sea desde residencias familiares, programas ambulatorios, hospitales psiquiátricos, centros de justicia juvenil– sin que la lógica del encierro o la institucionalización jamás sea interrogada, ni mucho menos interrumpida. He aquí, que el cuerpo del niño pobre cambia de lugar, pero el psiquismo del niño sigue sujeto a un poder que se presenta bajo el discurso de la protección.

La evidencia empírica chilena es tozuda. Previamente se ha documentado en la literatura académica, cómo las trayectorias de niñas, niños y adolescentes institucionalizados recorren desde la protección de derechos hacia la justicia juvenil, en un circuito que reproduce fallas estructurales de política pública. Desde esta perspectiva empírica, el Centro de Políticas Públicas UC ha reconocido que a pesar de la transformación de las antiguas residencias masivas para niños, al cambio de residencias de carácter familiar que “se ha sostenido entre los entrevistados que aún persiste insuficiencia en las capacidades y competencias de los cuidadores y técnico-profesionales para abordar adecuadamente la situación de estos NNA que se desprotección encuentran en condiciones críticas de desprotección” (Bedregal et al., 2025: 8).

¿Qué nos indica la evidencia en Chile? No solo lo incuestionable, a saber, que la institucionalización infantil es dañina para el desarrollo integral de la infancia como población, sino que para contribuir a restituir el derecho a vivir en familia de niños, niñas y adolescentes, se requiere profundizar sobre políticas de cuidado alternativo y acogimiento familiar. Ahora bien, ¿qué nos indica la experiencia histórica? Que el sistema de protección especializada, produce irremediablemente el daño que dice querer reparar. El niño, niña o el lactante institucionalizado no solo no mejora, porque el dispositivo no está diseñado para restituir terapéuticamente sus traumas, sino porque además, la vida del niño está sujetado a una administración jurídica que tiende en los hechos, a burocratizar la causa judicial que le precede. La tensión entre el discurso jurídico de la protección y el daño real de la institucionalización, integran de manera central el Servicio de Protección Especializada. Conviene subrayar este aspecto, pues a pesar de los cambios de nombre de la institucionalidad, “(…) El clima familiar que se busca promover en las nuevas residencias se ve afectado también por la falta de distinción entre los espacios de vivienda y cotidianidad de los NNA, los espacios de trabajo del personal y de intervención terapéutica” (Bedregal et al., 2025: 9).

Esta indistinción no es accidental: es la expresión arquitectónica y organizacional de una racionalidad que prioriza la eficiencia operativa por sobre la calidad de los vínculos emocionales de los equipos profesionales con respecto a los niños, niñas y adolescentes. He aquí, que pese a todos los esfuerzos de gestión pública, el servicio de la infancia pobre en Chile, sigue funcionando a través de un gatopardismo institucional, en el que todo cambia para que nada cambie. Las consecuencias de esta racionalidad no son abstractas. Se inscriben en los cuerpos y en el desarrollo cerebral de los niños. La epigenética ha demostrado de manera concluyente, cómo las experiencias adversas tempranas modifican la expresión génica al afectar el neurodesarrollo, la capacidad de regulación emocional y la salud a lo largo de todo el ciclo vital (Cotrufo, 2020).

La prolongada institucionalización infantil en Chile, contribuye en gran medida, a profundizar lo que la psiquiatría contemporánea conoció recientemente como Trastorno Traumático del Desarrollo (Herman, 1992). En Chile, las consecuencias y efectos de largo plazo de la institucionalización, la pagan cientos de lactantes y niños en residencias familiares o en hospitales pediátricos. En el caso de esto último, se debe considerar el carácter traumático que el niño integra como experiencia temprana. Diagnosticado hospitalariamente bajo el epíteto “caso social”, el niño esperará pacientemente, la resolución jurídica que el Tribunal de Familia sentenciará para su vida. Permítanme subrayar, el carácter burocrático de los procesos de gestión jurídica y psicosocial en hospitales pediátricos. Al no existir una estandarización de las prácticas clínicas y psicosociales de la niñez en la red de servicios públicos, la atención biopsicosocial del niño como sujeto de derechos corre peligro. Los niños hospitalizados e instucionalizados, lejos de recibir intervenciones especializadas y de alta calidad, serán objeto de una Deprivación afectiva que la literatura conoce bien desde el siglo pasado. He aquí, que la infancia atrapada en Mejor Niñez, tiene muchísimo mayor riesgo de sufrir los efectos de la Depresión Anaclítica o síndrome de hospitalismo (Rauld, 2022).

Si prestamos atención a la literatura especializada en el campo de la infancia pobre en Chile, o lo que entendemos en la actualidad como cuidado alternativo, comprenderemos que desde la implementación de la institucionalidad, su existencia ha estado inexorablemente ligada a una dimensión atribuible a cierta mortalidad. Aquí, no nos referimos a la muerte física, que también ocurre bajo custodia estatal. Nos referimos a la muerte simbólica de quienes, al no ser “trabajables” para la vida independiente, serán descartados por un sistema que medirá su éxito con la velocidad que egresen a los niños. En la Colonia Penitenciaria de Kafka, el condenado no tenía derecho a defenderse. En el Chile de 2026, miles de niños, niñas y adolescentes institucionalizados saben, con una sabiduría epigenética enorme grabada en su sistema nervioso, que si no se adaptan a la institución, la institución los descartará con eficacia. Y lo hará sin un solo titular de prensa que incomode a las autoridades.

La evidencia para una verdadera desinstitucionalización existe y es robusta. Modelos como la Crianza Terapéutica de Barudy y Dantagnan (2005) –una intervención basada en el fortalecimiento de competencias parentales y relacionales que promueve el vínculo terapéutico como eje de la intervención– han demostrado efectividad en contextos de cuidado residencial (Barudy & Dantagnan, 2005). De igual modo, ocurre con el enfoque PACE (Playfulness, Acceptance, Curiosity, Empathy) de Hughes (2006), orientado al tratamiento del trauma del apego, pues ofrece una hoja de ruta clínica que el actual cuidado residencial ignora sistemáticamente (Hughes, 2006).

La desinstitucionalización de la infancia pobre debe ser un proyecto de país, sin perjuicio del gobierno de turno, ni una pugna de izquierdas o derechas de cualquier índole. La estrategia gubernamental del Plan Crecer en Familia, enfocada en lactantes y preescolares no debe agotarse a un consenso tecnocrático o de gestión del Servicio de Protección Especializada, ni de la Subsecretaría de la Niñez. Esta institución, deberá por una parte, prestar especial atención bajo qué condiciones psicosociojurídicas se egresará a los niños y preescolares, y por otra parte, deberá explicarle a la sociedad civil, qué servicios sociales y económicos de apoyo pondrá a las familias de esos niños, para que un contexto de recortes presupuestario no se vea afectado el derecho de la niñez pobre a vivir en familia.

Toda la tecnocracia neoliberal especializada en políticas públicas de la infancia, debe prestar atención a la historia de la desinstitucionalización infantil en nuestro país. Los decisores de política pública de derecha, de izquierda, incluido los tecnócratas neoliberales enfocados enteramente en la evidencia, todos ellos deben comprender que la desinstitucionalización no es un proceso meramente técnico. Por el contrario, la desinstitucionalización de la niñez y el derecho a vivir en familia, además de una restitución positiva de los derechos fundamentales vulnerados de la niñez, es también un acto de desistigmatización social, justicia ocupacional y por tanto, un acto de justicia social (Karmy & Yuing, 2014; Wilcock, & Townsend, 2016).

En el contexto de la implementación del Plan Crecer en Familia, la Subsecretaría de La Niñez en Chile, tendrá que explicar públicamente a la sociedad civil, cuál es el proyecto gubernamental que quiere construir para los niños entre los 5 y los 18 años de edad. A la fecha, en nuestro país los adolescentes institucionalizados están atrapados en procesos de judicialización que perpetúan el encierro, la institucionalización sin avances en sus procesos de reintegración familiar. Por su parte, el nuevo Ministerio de Desarrollo Social y Familia, deberá explicar cómo fortalecerá los derechos de niños, niñas y adolescentes en un contexto político que tiene mayor riesgo de institucionalización y judicialización de la pobreza. Con ello, Mejor Niñez fortalecerá aún más, la institucionalidad que administra la desprotección. La reciente intervención pública de la ministra ante el recorte presupuestario, nos acaba de decir que ningún beneficio social de la infancia se verá afectado: Se trata aquí de beneficios sociales y no de derechos. Están todos avisados. Dependerá de la billetera fiscal entonces, que la niñez pobre tenga derecho a tener derechos.

Referencias

Barudy, J., & Dantagnan, M. (2005). Los buenos tratos a la infancia. Gedisa.

Bedregal, P., Cillero, M., González, F., Hojman, A., Irarrázaval, I., Morales, C., Muñoz, C., Salinas, C., Cáceres, I., Bilbeny, B. y Cruz, F. (2025). El cuidado alternativo de la infancia vulnerada: una revisión urgente. Temas de la Agenda Pública, 20. (181), 1-36. Centro de Políticas Públicas UC.

Cotrufo, T. (2020). En la mente del niño: El cerebro en sus primeros años. Schackleton Books.

Herman, J. (1992). Trauma y recuperación. Espasa. Madrid.

Hughes, D. (2006). Construyendo los vínculos en la terapia familiar. Paidós.

Karmy & Yuing (2014). Biopolíticas, gobierno y salud pública: Miradas para un diagnóstico diferencial. Ocho libros, Santiago de Chile.

Rauld, J. C. (2021). Desprotección de la infancia: Dominación, biopolítica y gobierno. Hammurabi. Santiago de Chile.

Rauld, J. C. (2022). Perspectivas críticas de la salud mental infantil: Trauma, institucionalización y suplicio. Hammurabi. Santiago de Chile.

Rauld, J. C. (2026). Tecnócratas de la infancia: Desprotección y neoliberalismo en Chile. Hammurabi. Santiago de Chile.

Van Der Kolk, B. (2014). The Body Keeps the Score: Brain, Mind, and Body in the Healing of Trauma. Viking.

Wilcock, A. A., y Townsend, E. A. (2016). Justicia ocupacional. En B. A. B. Schell, G. Gillen, y M. E. Scaffa (Eds.), Willard & Spackman. Terapia Ocupacional (12ª ed., pp. 541-552). Médica Panamericana.

Juan Carlos Rauld

Escrito por Juan Carlos Rauld

Director Editorial & Consultor en Ciencias Sociales

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