¿Es su protocolo de convivencia una protección real o un riesgo financiero?

Diagnóstico, formación y acompañamiento clínico-jurídico para colegios que deben actuar con evidencia frente a acoso, violencia y Ley 21.809.

Ficha del servicio

Para quién
Sostenedores, equipos directivos y encargados de convivencia escolar.
Marco
Ley 21.809. Vigencia obligatoria: 1 julio 2026.
Compromisos
Diagnóstico de cumplimiento Ley 21.809 · Implementación de protocolos y trazabilidad
A cargo
Hugo Felipe Hormazábal
Valor
Valor según alcance
Equipo directivo de un colegio revisando protocolos de convivencia

Cifras y fallos

El costo de improvisar ya aparece en fallos, denuncias y normativa.

La Ley 21.809 exige gestión oportuna frente a acoso, violencia y discriminación. Para un colegio, el problema no es solo tener un documento: es poder demostrar decisiones diligentes, registradas y proporcionales.

Hasta $60M
en indemnizaciones por negligencia en protocolosLa exposición civil ya está llegando a tribunales chilenos.
12.369
denuncias anuales ante la Superintendencia de EducaciónFuente: Acción Educar, Estado de la Educación 2024.
1 julio 2026
vigencia obligatoria Ley 21.809Los colegios deben llegar con gobernanza, equipo y trazabilidad.

Fuente denuncias: Acción EducarLey 21.809: BCN

Debida diligencia

De la existencia formal del protocolo a la gobernanza escolar efectiva.

Sin CRC: riesgo

  • Protocolos declarativos sin operabilidad
  • Docentes sin márgenes claros de acción
  • Registros incompletos o inexistentes
  • Exposición ante familias, prensa y fiscalización

Con CRC: protección

  • Protocolos operables y trazables
  • Equipos entrenados para actuar sin improvisar
  • Trazabilidad de decisiones documentada
  • Cumplimiento legal verificable ante cualquier instancia

Compromisos

Dos compromisos: saber dónde está el colegio y cerrar las brechas

El diagnóstico se puede contratar solo. La implementación incluye la formación del equipo y, cuando hay una crisis de salud mental después de un caso de acoso, el soporte clínico del CRC para contener, leer el riesgo y derivar.

  1. 01

    Diagnóstico de cumplimiento Ley 21.809

    Para quién. Sostenedores, equipos directivos y encargados de convivencia escolar.

    Qué incluye

    • Revisión del reglamento interno, los protocolos y los registros frente a acoso, violencia y discriminación.
    • Entrevistas con dirección, convivencia escolar y una muestra de docentes.
    • Lectura de casos tipo: cuándo se activó el protocolo, quién decidió y qué quedó registrado.
    • Contraste con las exigencias de la Ley 21.809 y con los criterios de fallos recientes.
    Entregable
    Informe de brechas con riesgos priorizados y una ruta de trabajo.
    Duración habitual
    2 a 3 semanas
    A cargo
    Hugo Felipe Hormazábal
    Valor
    Valor según alcance
  2. 02

    Implementación de protocolos y trazabilidad

    Para quién. Colegios que ya conocen sus brechas y necesitan cerrarlas con el equipo funcionando.

    Qué incluye

    • Ajuste de protocolos para que sean aplicables: roles, plazos y criterios de escalamiento.
    • Formato de registro de decisiones, medidas y seguimiento de cada caso.
    • Capacitación de equipo directivo, convivencia, docentes y asistentes en la aplicación.
    • Acompañamiento en los primeros casos reales con el protocolo ajustado.
    Entregable
    Protocolos ajustados, registro en uso y equipo capacitado, con informe de cierre.
    Duración habitual
    1 a 4 meses, según el alcance
    A cargo
    Hugo Felipe Hormazábal
    Valor
    Valor según alcance

Ley 21.809

Julio 2026 no es una fecha administrativa: es un cambio de estándar.

La ley exige a los colegios actuar oportunamente frente a violencia, amenazas y acoso, bajo pena de sanciones administrativas y responsabilidad civil directa del sostenedor.

  • Actuar oportunamente frente a violencia, acoso, discriminación y amenazas.
  • Contar con equipos y responsables claros para convivencia educativa.
  • Activar protocolos y registrar medidas con trazabilidad.
  • Reducir exposición a sanciones administrativas y responsabilidad civil.
Resumen BCN Ley Fácil
Hugo Felipe Hormazábal

Quién está a cargo

Hugo Felipe Hormazábal

Socio · Director Comercial y de Desarrollo Institucional

Ingeniero Comercial · Diplomado en Marketing & Analytics, UAI · Fundador de Altius Ignite

Hugo coordina el trabajo con colegios y sostenedores: arma el diagnóstico, la propuesta y el convenio, y se asegura de que lo acordado se implemente y se mida. Desde Altius Ignite aporta la capa de datos y automatización que permite sostener el registro de cada caso.

Diagnóstico institucional

Partamos por saber si el protocolo protege o expone al colegio.

Solicite una reunión para evaluar brechas de compliance escolar, riesgos de convivencia y necesidades de capacitación del equipo.

Entrega esperada

Mapa inicial de riesgos, prioridades de acción y ruta de trabajo para cumplimiento, formación y soporte clínico.

¿Prefiere conversarlo antes de completar el formulario? Agende 20 minutos con Hugo.